Micelio

Artículo 14

Control Fiscal

Ley 219 de 1995 · por la cual se establece la cuota de fomento algodonero, se crea un Fondo de Fomento y se dan normas para su recaudo y administración.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Control Fiscal posterior sobre la inversión del Fondo de Fomento Algodonero, lo ejercerá la Contraloría General de la República, de conformidad con las normas legales vigentes y reglamentos correspondientes adecuados a la naturaleza del Fondo y su organismo administrador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 219 de 1995