Micelio

Artículo 2

Características

Decreto 2066 de 2011 · por el cual se crea la Medalla Militar "Fe en la Causa" del Ejército Nacional y se adiciona el Decreto 4444 del 29 de noviembre de 2010.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Características. La Joya consiste en una medalla esmaltada, de 55 mm de ancho por 55 mm de alto, con corona cóncava plateada de la cual pende un círculo en laurel donde estarán expuestas, una estrella de color plata de 56 puntas y una estrella de color dorado de 8 puntas; con el escudo del Ejército Nacional sobre la estrella dorada y en su base el emblema "Fe en la Causa". En la parte inferior de la joya vendrá una cinta dorada con la descripción del lema esculpido "Patria, Honor, Lealtad", esta joya penderá de una cinta de 40 mm, de ancho de color rojo, sobre la cual llevará bordados los ocho colores representativos de las armas que conforman el Ejército Nacional, al respaldo lleva impresa en alto relieve el símbolo de los siete Pilates con tres palabras "Dignidad, Equilibrio, Equipo".

Parágrafo 1

Las miniaturas o réplicas serán condecoraciones similares a la joya descrita anteriormente, pero reducidas a 15 milímetros, la cual irá suspendida de una cinta con los mismos colores de la establecida para la joya, tendrá 15 mm de ancho por 35 mm de largo y en el centro ostentará el distintivo indicado para la venera.

Parágrafo 2

La venera será una cinta de color rojo rectangular de 40 mm de ancho, por 11 de alto, llevará las secciones de las ocho armas representativas del Ejército Nacional en sus respectivos colores, en esmalte al fuego, con el escudo del Ejército Nacional en el centro y en su base el lema "Fe en la Causa".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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