º. El artículo 11 del Decreto 741 de 1976 quedará así: "La jurisdicción de la Cámara de Comercio de Cartagena comprende los siguientes municipios: Cartagena, Arjona, Calamar, Carmen de Bolívar, El Guamo, Mahates, María La Baja, San Estanislao, San Jacinto, San Juan Nepomuceno, Santa Catalina, Santa Rosa, Soplaviento, Turbaco, Turbaná y Villanueva, en el Departamento de Bolívar".
Decreto 429 de 1997 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 429 de 1997 · por el cual se modifican los artículos 11 y 34 del decreto 741 de 1976, en los que se establece la jurisdicción de las Cámaras de Comercio de Cartagena y Santa Marta.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.