Art. 92. Cuando lo determine el Gobierno nacional, para lo cual puede mediar petición del Rector, se publicará en Medellín por cuenta de la Nación un periódico que llevará por título Anales de la Escuela nacional de Minas de Medellín , en el que se imprimirá el Decreto orgánico de la Escuela, el resultado de los exámenes y certámenes, lo relativo á expedición de diplomas, las resoluciones del Rector y del Consejo Directivo, los programas de los cursos, los registros de asistencia, las tesis de grado que hayan sido aprobadas, y en fin todo lo que conduzca á hacer conocer la organización y labores de la Escueta y á difundir en el país prácticas y provechosas enseñanzas.
Decreto 404 de 1904 →Vigente
Artículo 92
Decreto 404 de 1904 · Sobre Estatutos de la Escuela Nacional de Minas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.