En caso de perturbacion del órden público, el Poder Ejecutivo queda autorizado para prorrogar los términos de que tratan el número décimo del artículo 1.° y el 6.° del contrato en referencia.
Ley 13 de 1881 →Vigente
Artículo 2
Ley 13 de 1881 · Aprobatoria de un contrato para el establecimiento de una Casa de Moneda en Antioquia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.