Por el Ministerio de Obras Públicas se ordenará la entrega de los elementos de que trata el artículo anterior al Personero Municipal de Lérida, tan pronto como éntre en vigencia la presente Ley.
Ley 24 de 1937 →Vigente
Artículo 2
Ley 24 de 1937 · por la cual se hace una cesión y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.