Decreto 1880 de 1925 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre arrendamiento de baldíos y reservas nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo único. Con observancia de las disposiciones fiscales, se procederá por el Ministerio de Industrias a celebrar contratos de arrendamiento de los baldíos y reservas nacionales.
Parágrafo
En lo referente a los bosques nacionales seguirán observándose las disposiciones de la Ley 119 de 1919 y del Decreto número 272 de 1920. Comuníquese y publíquese.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.