Micelio

Artículo 2

Decreto 189 de 2006 · por el cual se adiciona el Decreto 2788 de 2004.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Oportunidad de la Inscripción en el Registro Unico Tributario . Adiciónase el artículo 7º del Decreto 2788 de 2004, con el siguiente

Parágrafo

"

Parágrafo 1

Los profesionales de compra y venta de divisas que a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto se hallen inscritos en el Registro Unico Tributario, RUT, deberán obtener la autorización señalada por el

Parágrafo 4

del artículo 5º del Decreto 2788 de 2004 dentro de los seis (6) meses, contados en los términos previstos por el artículo 3º de la Resolución Externa 6 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Resolución Externa 7 de 2005 de la Junta Directiva del Banco de la República, y las posteriores modificaciones de estas normas adoptadas por el citado Organismo".

Parágrafo 1

Artículo 7 DECRETO 2788 de 2004

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 189 de 2006