Micelio

Artículo 80

Reunión Del Consejo De Guerra Ordinario

Ley 84 de 1931 · De Justicia Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las recusaciones contra 108 Vocales deberán estar fundadas en alguna de las causal es que esta Ley establece, lo cual debe acreditarse con la prueba correspondiente. Si tal prueba no se acompaña al escrito de recusación, el sustanciador pedirá informe al recusado, y si éste conviniere en la existencia de la causal o las pruebas presentadas se consideran suficientes, se declarará inhibido al recusado y se designará el Vocal reemplazante, sin nuevo sorteo.

En el caso de que el recusado no conviniere en la existencia de la causal propuesta si la prueba no se presentare d fuere deficiente, el sustanciador impondrá al recusado una multa de diez a cincuenta pesos.

Reunión del Consejo de Guerra ordinario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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