º. Dentro de los dos (2) meses siguientes a la vigencia de este Decreto, el Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, la Corporación Autónoma Regional del Tolima, Cortolima, la Fundación Segunda Expedición Botánica y la Corporación Forestal del Tolima, iniciarán labores de forestación del Parque Nacional de la Esperanza, teniendo en cuenta el programa de obras que realice el Fondo de Reconstrucción "RESURGIR" en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 3º de este Decreto.
Artículo 4
Dentro De Los Dos (2) Meses Siguientes A La Vigencia De Este Decreto, El Instituto Nacional De Los Recursos Naturales Renovables Y Del Ambiente, Inderena, La Corporación Autónoma Regional Del Tolima, Cortolima, La Fundación Segunda Expedición Botánica Y La Corporación Forestal Del Tolima, Iniciarán Labores De Forestación Del Parque Nacional De La Esperanza, Teniendo En Cuenta El Programa De Obras Que Realice El Fondo De Reconstrucción "resurgir" En Desarrollo De Lo Dispuesto En El Artículo 3º De Este Decreto
Decreto 3855 de 1985 · por el cual se declara monumento nacional una zona de terreno en el municipio de Armero y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.