Micelio

Artículo 26

Decreto 4760 de 2005 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 975 de 2005.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Conductas de ejecución permanente. Cuando se trate de conductas punibles de ejecución permanente, la Ley 975 de 2005 solamente será aplicable en aquellos eventos en que la consumación, materializada con el primer acto, se haya producido con anterioridad a la entrada en vigencia de la misma. En todo caso para acceder a los beneficios previstos en la citada ley, será necesario que en los delitos de ejecución permanente haya cesado la afectación al bien jurídico y se preste colaboración eficaz para materializar los derechos de las víctimas, en especial el restablecimiento de la libertad de las mismas y/o su ubicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4760 de 2005