Micelio

Artículo 1

Ley 111 de 1896 · por la cual se condona una suma

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Condónase la suma de $1,251-72½ perdida de la caja de la Administración de las Salinas de Chámeza y Recetor, con motivo de la súbita muerte del señor Antonio J. Muñoz, Administrador de ellas, acaecida el 13 de Febrero de 1894. En consecuencia, cesará todo procedimiento para el cobro de dicha suma y se cancelará la fianza de $1,000 con que el señor Muñoz había asegurado su manejo como Administrador de las Salinas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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