Micelio

Artículo 2.2.10.32.8

Expedientes Pensionales Y Laborales

Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Expedientes pensionales y laborales. La custodia y administración de los archivos laborales de las Empresas Teleasociadas Liquidadas y de Telecom, una vez se dé el paso a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), continuará a cargo del Patrimonio Autónomo de Remanentes (PAR), mientras este subsista. De la misma manera deberá expedir las certificaciones de historia laboral que se requieran. La custodia y administración de los expedientes pensionales de las Empresas Teleasociadas Liquidadas y de Telecom una vez se dé el paso de la función pensional a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) estará a cargo de dicha Unidad. (Decreto número 2090 de 2015, artículo 8°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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