Funciones de la Dirección General de Aseguramiento. La Dirección General de Aseguramiento tendrá las siguientes funciones
Evaluar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente para expedir el certificado de funcionamiento o de habilitación de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB) que pretendan prestar servicios como aseguradoras en el régimen contributivo, subsidiado y planes adicionales de salud, de acuerdo con las funciones que le competen a la Dirección, cualquiera sea su naturaleza jurídica.
Informar al Superintendente Delegado sobre las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB) que se encuentran en causal de suspensión del certificado de funcionamiento o de revocatoria, por incumplimiento de lo establecido en las disposiciones legales vigentes.
Evaluar la documentación establecida en la normatividad vigente conducente a la autorización de planes adicionales de salud (planes complementarios, servicios de ambulancia prepagada, empresas de medicina prepagada).
Calificar como prácticas no autorizadas y proponer ante la Superintendencia Delegada la emisión de actos administrativos que ordenen su corrección y suspensión inmediata de las conductas que violen lo referido a las operaciones entre las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB) y sus subordinadas.
Realizar las actividades conducentes a ejercer la inspección y vigilancia en el cumplimiento de las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud, por parte de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB) y de las entidades territoriales en lo que respecta al aseguramiento en salud.
Establecer los requisitos de información mínima que deben ser cumplidos por las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB) y las Entidades Territoriales en relación con el aseguramiento en salud.
Desarrollar estudios y análisis periódicos para ser presentados ante el Superintendente Delegado sobre la problemática que se presente en las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB) en relación con la ejecución y resultados de la gestión de aseguramiento, presentar propuestas, aplicar planes de mejoramiento y realizar su seguimiento hasta su terminación.
Aplicar herramientas de gestión que le permitan a la Superintendencia Delegada ejercer control sobre las funciones de inspección y vigilancia que ejercen las entidades territoriales del orden departamental sobre el cumplimiento de las metas de aseguramiento por parte de las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Subsidiado, las Empresas Solidarias de Salud, las Asociaciones Mutuales, las Entidades Promotoras de Salud Indígenas, las Cajas de Compensación Familiar, las entidades obligadas a compensar, las entidades adaptadas de salud, las entidades pertenecientes al régimen de excepción de salud y las universidades cuando presten los servicios de salud.
Llevar a cabo las acciones de inspección y vigilancia sobre la focalización, identificación y selección de la población beneficiaria de subsidios a la demanda en las entidades territoriales.
Proyectar y presentar para consideración del Superintendente Delegado providencia debidamente motivada, para la autorización de la modificación o ampliación de la cobertura de afiliación de las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Subsidiado, las Empresas Solidarias de Salud, las Asociaciones Mutuales, las Entidades Promotoras de Salud Indígenas, las Cajas de Compensación Familiar, las entidades obligadas a compensar, las entidades adaptadas de salud, las entidades pertenecientes al régimen de excepción de salud, los Servicios de Ambulancia Prepagada y las universidades cuando presten los servicios de salud.
Ejercer inspección y vigilancia en materia jurídico administrativa de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios en Salud (EAPB) para su puesta en operación y permanencia en el Sistema.
Ejercer inspección y vigilancia en materia de sistema de información de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB) para su puesta en operación y permanencia en el Sistema.
Ejercer inspección y vigilancia en materia de afiliación de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB) para su puesta en operación y permanencia en el Sistema.
Programar y hacer requerimientos de información, visitas, recepción de declaraciones, allegar documentos y utilizar todos medios de pruebas legalmente admitidos para el ejercicio de sus funciones.
Preparar y poner a consideración de la Superintendencia Delegada, los proyectos de instrucciones, órdenes, y circulares que en ejercicio de las competencias de esta Dirección sea preciso proyectar.
Elaborar y comunicar los informes de su gestión a la Superintendencia Delegada y a los vigilados, y proyectar las acciones administrativas a desarrollar.
Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.