División de Organizaciones.- Son funciones de la División de Organizaciones:
1. Asesorar a las entidades de la Rama Ejecutiva y demás organismos que lo requieran en la adopción de modelos organizacionales y administrativos; estatutos, sistema salarial y prestacional, plantas de personal, manuales de funciones y requisitos, de conformidad con las disposiciones legales vigentes;
2. Formular propuestas para el mejoramiento de la gestión de los recursos humanos y de la organización y funcionamiento de las entidades del Estado;
3. Proponer estudios e investigaciones sobre sistemas salariales, de nomenclatura y clasificación de empleos, estructuras y plantas de personal y perfiles ocupacionales;
4. Emitir conceptos sobre los proyectos de estructura interna, estatutos, planta de personal y manual de funciones y requisitos que las entidades presenten a consideración del Departamento;
5. Elaborar, de acuerdo con la ley, el manual general de funciones y requisitos para el desempeño de los empleos de los organismos de la Rama Ejecutiva;
6. Resolver las consultas y las solicitudes que sean formuladas por entidades o servidores públicos, en asuntos de su competencia;
7. Preparar en coordinación con la Oficina Jurídica, los proyectos de ley, de decreto o reglamentos relacionados con las funciones de la dependencia;
8. Presentar los informes que le sean solicitados sobre el desarrollo de sus funciones;
9. Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.