Requerimientos técnicos. La entidad elaborará los requerimientos técnicos de los servicios de consultoría que se van a contratar y que serán parte de los pliegos de condiciones. Los requerimientos técnicos incluirán, al menos, lo siguiente
Los objetivos, metas y alcance de los servicios que se encomendarán al consultor, para lo cual podrá hacer mención de los antecedentes de la contratación.
La descripción detallada de los servicios requeridos y los resultados o productos esperados, los cuales podrán consistir en informes, diagnósticos, diseños, datos, procesos, entre otros, según el objeto de la consultoría.
El cronograma de la ejecución de los servicios de consultoría y de sus resultados.
El listado de la información necesaria y que deba ser conocida por los proponentes para facilitarles la preparación de sus propuestas, tales como estudios, informes previos, análisis o documentos definitivos.
El consultor seleccionado podrá continuar ejecutando fases subsecuentes de la consultoría, sujetas al acaecimiento de una condición previamente determinada, si ellas corresponden a tareas que se desprenden de los trabajos iniciales o son necesarias para el desarrollo del mismo proyecto. Las prórrogas en tiempo y adiciones en valor de consultorías cuyo objeto sea la labor de interventoría, podrán efectuarse por el período en que se haya prorrogado el contrato supervisado, siempre que se haya pactado en la modalidad de tiempo trabajado. En tal caso el valor se ajustará de manera proporcional al del contrato inicial.