El artículo 137 del Decreto 175 de 1970, quedará así: "La solicitud de permiso podrá hacerse personalmente por el interesado o por su apoderado, directamente ante el Ministerio de Minas y Energía o por medio de la respectiva Gobernación, Intendencia o Comisaría y deberá contener lo perpetuado en el artículo 45 de este Decreto".
Decreto 3050 de 1984 →Vigente
Artículo 25
Decreto 3050 de 1984 · Por el cual se reforma el Decreto 275 de 1970
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.