Toda modificación a las plantas de personal o que afecte algún rubro de servicios personales, requerir para su consideración y trámite por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto- de lo siguiente:
Certificado de disponibilidad presupuestal, expedido por la Dirección General del Presupuesto.
Exposición de motivos.
Cuadro comparativo de costos y cargos de la planta vigente y de la que se propone.
Cuadro comparativo de los gastos en bienes y servicios corrientes en que pueda incurrir la modificación. Se exceptúa de lo anterior los casos previstos en el artículo 12 de la Ley 12 de
1986.