Micelio

Artículo 405

Decreto 2550 de 1988 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CLASIFICACION. Las providencias que se dictan en un proceso penal militar se denominan

1.

Sentencias, si deciden el objeto del proceso, previo el agotamiento del trámite de la instancia o de la casación.

2.

Autos interlocutorios, si resuelven un incidente o cuestión fondo en el curso de la actuación procesal.

3.

Autos de sustanciación, si se limita a disponer cualquier otro trámite de los previstos por la ley para dar curso a la actuación procesal.

4.

Resoluciones, las que se dictan para convocar los consejos verbales de guerra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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