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Artículo 14

Como Reconocimiento Del Nivel De Formación Técnico-Científica De Sus Titulares, Establécese Prima Técnica Para Los Empleos Cuyas Funciones Demandan La Aplicación De Conocimientos Altamente Especializados

Decreto 460 de 1984 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos de la empresa Nacional de Telecomunicaciones y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Como reconocimiento del nivel de formación técnico-científica de sus titulares, establécese prima técnica para los empleos cuyas funciones demandan la aplicación de conocimientos altamente especializados. Esta prima solo podrá ser asignada a aquellos funcionarios con especial preparación o experiencia que desempeñen los cargos de Técnico V, Profesional III y los de la escala RDE-04. Para efectos de la asignación de la prima se aplicará el procedimiento, cuantía, requisitos y demás condiciones señaladas en el Decreto extraordinario 1042 de 1978 y las disposiciones que lo adicionan y reglamentan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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