El Estado puede intervenir por medio de leyes en la explotación de industrias o empresas públicas y privadas, con el fin de racionalizar la producción, distribución y consumo de las riquezas, o de dar al trabajador la justa protección a que tiene derecho.
Las leyes que se dicten en ejercicio de la facultad que otorga este Artículo, requieren para su aprobación el voto favorable de la Mayoría absoluta de los miembros de una y otra Cámara.