Adiciónase El Literal H) Al Parágrafo 1° Del Artículo 15 Del Decreto 1737 De 1998; Modificado Y Adicionado Por Los Artículos 7° Del Decreto 2209 De 1998; 1° Del Decreto 2316 De 1998; 3° Del Decreto 2445 De 2000, Modificado Por El Decreto 644 De 2002; 1° Del Decreto 134 De 2001; 1° Del Decreto 3668 De 2006; 1° Del Decreto 4561 De 2006; 1° De Los Decretos 966, 1440 Y 2045 De 2007, El Decreto 4863 De 2009 Y El Artículo 1° Del Decreto 1598 De 2011, El Cual Quedará Así: "h) A La Unidad Administrativa Especial De Aeronáutica Civil (Aerocivil) Y Se Autoriza A Su Secretario General Para Asignar Teléfonos Celulares Con Cargo A Recursos Del Tesoro Público, A Los Empleados Públicos De Las Dependencias Misionales, Directiva Y De Coordinación De La Entidad, Como Son: Los Administradores Aeroportuarios; Los Jefes Y Supervisores De Torres De Control Y De Centros De Control; Personal De Soporte Técnico, Meteorología, Ais/Com/ Met, Planes De Vuelo, Seguridad Aérea, Seguridad Aeroportuaria, Bomberos Aeronáuticos, Búsqueda Y Rescate Y Atención Al Usuario"
Decreto 1743 de 2013 · por el cual se adiciona el artículo 15 del Decreto 1737 de 1998.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Adiciónase el literal h) al
Parágrafo 1
del artículo 15 del Decreto 1737 de 1998; modificado y adicionado por los artículos 7° del Decreto 2209 de 1998; 1° del Decreto 2316 de 1998; 3° del Decreto 2445 de 2000, modificado por el Decreto 644 de 2002; 1° del Decreto 134 de 2001; 1° del Decreto 3668 de 2006; 1° del Decreto 4561 de 2006; 1° de los Decretos 966, 1440 y 2045 de 2007, el Decreto 4863 de 2009 y el artículo 1° del Decreto 1598 de 2011, el cual quedará así: "h) A la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) y se autoriza a su Secretario General para asignar teléfonos celulares con cargo a recursos del Tesoro Público, a los empleados públicos de las dependencias misionales, directiva y de coordinación de la entidad, como son: los administradores aeroportuarios; los jefes y supervisores de torres de control y de centros de control; personal de soporte técnico, meteorología, AIS/COM/ MET, planes de vuelo, seguridad aérea, seguridad aeroportuaria, bomberos aeronáuticos, búsqueda y rescate y atención al usuario".
Parágrafo 1
Artículo 15 DECRETO 1737 de 1998
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.