La delegación de la representación en lo judicial, extrajudicial, administrativo y penal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN, para el Nivel Central, señalada en los artículos precedentes, comprende las siguientes facultades:
Actuar, desistir e interponer recursos, participar en la práctica de los medios de prueba o contradicción que se estimen pertinentes. Adicionalmente, transigir y conciliar judicial y extrajudicialmente, previa autorización del competente.
Atender, en nombre de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), requerimientos judiciales o administrativos relacionados con asuntos derivados de la función delegada.
Otorgar poderes especiales y/o poderes generales con las facultades de ley para la atención de los procesos, diligencias y actuaciones judiciales, extrajudiciales o administrativas de su competencia.
Cuando se otorgue poder general a los abogados externos contratados por la entidad, se hará durante el término de vigencia del contrato respectivo, para la atención de los procesos, diligencias y actuaciones que le hayan sido asignadas.
Notificarse a nombre de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), de las providencias judiciales y administrativas relacionadas con asuntos de su competencia.
Representar a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en los procesos de naturaleza penal, al igual que en los Incidentes de Reparación Integral (IRI).
Los Subdirectores de Representación Externa y de Asuntos Penales supervisarán lo relacionado con los poderes mencionados en el numeral 3 del presente artículo, así como su vigencia y caducidad.