Micelio

Artículo 5

Ley 151 de 1963 · por la cual la Nación coopera para la construcción y dotación de hospitales y centros de salud en el Departamento del Tolima.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las partidas asignadas por los artículos 1°, 2° y 3°. de la presente Ley, serán incluídas en el Presupuesto Nacional de la próxima vigencia fiscal, y si así no se hiciere, el Gobierno queda facultado para verificar traslados y abrir créditos adicionales dentro de la misma y siguiente vigencia, a fin de darle cumplimiento a lo dispuesto por esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 151 de 1963