Micelio

Artículo 1

A Partir Del 1º De Enero De 2002, Fíjase La Siguiente Escala Salarial Para Los Empleos De La Dirección Ejecutiva De La Administración Judicial Y Las Direcciones Seccionales De La Rama Judicial: Grado Asignacion Basica 01 333,827 02 396,864 03 480,401 04 564,226 05 728,028 06 807,790 07 995,984 08 1,087,856 09 1,087,858 10 1,287,873 11 1,375,564 12 1,462,209 13 1,559,811 14 1,738,601 15 1,738,629 16 2,028,337 17 2,061,055 18 2,228,512 19 2,235,084 20 2,259,395

Decreto 678 de 2002 · por el cual se fija la escala salarial para los empleos de la Dirección Ejecutiva de la Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A partir del 1º de enero de 2002, fíjase la siguiente escala salarial para los empleos de la Dirección Ejecutiva de la Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial: GRADO ASIGNACION BASICA 01 333,827 02 396,864 03 480,401 04 564,226 05 728,028 06 807,790 07 995,984 08 1,087,856 09 1,087,858 10 1,287,873 11 1,375,564 12 1,462,209 13 1,559,811 14 1,738,601 15 1,738,629 16 2,028,337 17 2,061,055 18 2,228,512 19 2,235,084 20 2,259,395

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 678 de 2002