Los productos forestales indígenas de todas clases se presumen extraídos de los bosques nacionales basta prueba lo contrario.
Decreto 272 de 1920 →Vigente
Artículo 14
Los Productos Forestales Indígenas De Todas Clases Se Presumen Extraídos De Los Bosques Nacionales Basta Prueba Lo Contrario
Decreto 272 de 1920 · Por el cual se reglamenta la Ley 119 de 1919, sobre explotación de bosques nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.