Micelio

Artículo 16

División De Talento Humano

Decreto 276 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “Mariano Ospina Pérez”, Icetex, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Talento Humano . Son funciones de la División de Talento Humano las siguientes

1.

Ejecutar y evaluar planes y programas conducentes al desarrollo del personal de la Entidad dentro de una acción que incentive su capacidad valorativa, la comunicación, la formación de equipos de trabajo, el clima organizacional y la motivación individual.

2.

Ejecutar planes, programas y normas para la administración, el bienestar, la capacitación, la seguridad y la salud ocupacional del personal del Instituto.

3.

Ejecutar y controlar los procesos de selección, vinculación, remuneración, promoción, evaluación del desempeño, situaciones administrativas, incentivos, carrera administrativa, retiro y jubilación del personal del Instituto, de acuerdo con las normas vigentes.

4.

Coordinar los procesos de generación de novedades y liquidación de las mismas a través de la aplicación de sistemas de control que garanticen la seguridad e integridad de los procesos de reconocimiento y pago, así como la formulación de los requerimientos en servicios personales y gastos asociados a nómina para ser incluidos en el Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC.

5.

Coordinar y hacer seguimiento al proceso de liquidación de salarios, prestaciones sociales, aportes legales y parafiscales de conformidad con las normas y políticas internas y acorde con el régimen salarial y prestacional del personal del Instituto.

6.

Proponer sistemas de incentivos acordes con las políticas de la Entidad y las normas vigentes sobre la materia.

7.

Programar, coordinar y ejecutar las actividades de seguridad industrial de los empleados de acuerdo con las políticas del Instituto y las normas legales establecidas.

8.

Ejecutar y controlar las actividades relacionadas con la administración de personal.

9.

Ejecutar los planes de capacitación, bienestar social y desarrollo de los funcionarios de la Entidad.

10.

Elaborar y actualizar el manual de funciones y requisitos o documento equivalente, en coordinación con las demás dependencias del Instituto.

11.

Ejecutar las políticas de personal establecidas en la Entidad.

12.

Ejecutar las acciones para el mejoramiento y mantenimiento del clima organizacional.

13.

Realizar las gestiones que se requieran ante el Departamento Administrativo de la Función Pública, Fondo Nacional de Ahorro, Cajas de Compensación Familiar y demás entidades relacionadas con la administración del personal del Instituto.

14.

Administrar el archivo de Hoja de Vida y Carrera Laboral de los funcionarios y ex funcionarios del Instituto.

15.

Responder por la ejecución de los programas de bienestar social de los funcionarios de la Entidad.

16.

Proponer y ejecutar estrategias que faciliten el desarrollo de una cultura de servicio y propendan por la calidad del mismo, en un entorno proactivo y de mejoramiento continuo.

17.

Coordinar con las demás dependencias las acciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

18.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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