Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Gastos de Administración y otros CAPITULO 34 Catastro Nacional. C1e (a). Del artículo 393.Para continuar la construcción del edificio para el funcionamiento del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", en cumplimiento del Decreto 2608, de 3 de agosto de 1950, en el lote de la Ciudad Universitaria, de que trata el contrato de octubre 19 de 1950, celebrado entre el Gobierno Nacional y la Universidad Nacional $24.265.04 Suma el contracrédito $24.265.04 CAPITULO 34 Catastro Nacional. C1e (a). Al artículo 393-A. Para la construcción, en predios de la Ciudad Universitaria de Bogotá, de locales para servicio de Almacenes, Depósitos y Talleres del Ministerio de Obras Públicas, (Dirección General de Edificios Nacionales), en reemplazo de los utilizados por el Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi" $24.265.04 Suma el crédito $24.265.04
Decreto 1689 de 1955 →Vigente
Artículo 393
Para Continuar La Construcción Del Edificio Para El Funcionamiento Del Instituto Geográfico De Colombia "agustín Codazzi", En Cumplimiento Del Decreto 2608, De 3 De Agosto De 1950, En El Lote De La Ciudad Universitaria, De Que Trata El Contrato De Octubre 19 De 1950, Celebrado Entre El Gobierno Nacional Y La Universidad Nacional $24
Decreto 1689 de 1955 · Por el cual se hace una traslación en el presupuesto de gastos vigente. (Ministerio de hacienda y Crédito Público)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.