Micelio

Artículo 1

Decreto 1510 de 1981 · Por el cual se establecen los porcentajes de retención en la fuente, sobre los pagos o abonos en cuentas que hagan las personas jurídicas por concepto de comisiones y honorarios y se reglamentan parcialmente las Leyes 38 de 1969 y 20 de 1979.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El porcentaje de retención en la fuente per concepto de impuesto de renta y complementarios, sobre pagos o abonos en cuenta que hagan las personas jurídicas por comisiones y honorarios serán del cinco por ciento (5%) cuando el pago o abonos en cuenta se haga a una sociedad anónima o asimilada y del tres por ciento (3%) en los demás casos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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