Micelio

Artículo 9

º

Decreto 3044 de 1997 · por el cual se reglamenta la Ley 395 de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Todas las entidades públicas y privadas comprometidas en la Campaña de Erradicación de la Fiebre Aftosa, y en especial el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, deberán adecuar o emitir las normas o reglamentaciones requeridas para el desarrollo del Programa Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa, antes del 15 de diciembre de 1997.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3044 de 1997