Micelio

Artículo 2.9.1.2.7

Desagregación Para La Ejecución Del Presupuesto A Través Del Siif Nación

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desagregación para la ejecución del presupuesto a través del SIIF Nación. Con el fin de vincular la gestión presupuestal de los ingresos y de los gastos a la gestión contable, las entidades usuarias del SIIF Nación deberán desagregar el presupuesto, al máximo nivel de detalle del Catálogo de Clasificación Presupuestal CCP establecido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.

Cuando una entidad usuaria requiera para su gestión el empleo de un mayor detalle al Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) establecido por dicha Dirección, deberá realizar la solicitud de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.8.1.5.9, sobre Administración del Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) y los procedimientos que se establezcan para el efecto.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.9.1.2.7. Desagregación para la ejecución del presupuesto a través del SIIF Nación. Con el fin de vincular la gestión presupuestal de los ingresos y de los gastos a la gestión contable, las entidades usuarias del SIIF Nación deberán desagregar el presupuesto, al máximo nivel de conformidad con el detalle de los rubros presupuestales establecido en el plan de cuentas expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.

Cuando la entidad usuaria requiera para su gestión el empleo de un mayor detalle al plan de cuentas establecido por dicha Dirección, deberá solicitar a la Administración del Sistema su creación, para lo cual esta observará que corresponda a un concepto de ingreso o de gasto.

(Art. 22 Decreto 2674 de 2012)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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