Micelio

Artículo 2

Ley 144 de 1896 · sobre auxilios al Lazareto de Agua de Dios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2° La partida correspondiente de sesenta mil pesos ($60,000) para el bienio próximo venidero se incluirá en el Presupuesto de Rentas y Gastos de la vigencia de 1897 y 1898.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 144 de 1896