Micelio

Artículo 63

Son Funciones De La Sección De Servicios Generales: A) Elaborar Los Programas De Servicios Generales De La Dirección General De Impuestos Nacionales; B) Controlar, El Cumplimiento De Los Programas Y Reglamentos Que En Materia De Prestación De Servicios Generales Y Almacenes Se Establezcan Para Las Administraciones De Impuestos Nacionales E Impartir Instrucciones Con El Objeto De Corregir Las Irregularidades Que Se Presenten; C) Elaborar Manuales De Procedimiento Y, En Coordinación Con La Dirección General De Servicios Administrativos Establecer Guías De Supervisión Para El Cumplimiento De Los Programas Adoptados; D) En Cuanto A Suministros: 1) Realizar Y Dar Instrucciones Sobre La Ejecución De Estudios Para Solicitudes De Suministros En Las Subdirecciones Y Administraciones De Impuestos Nacionales; 2) Consolidar Las Solicitudes De Suministros Recibidas Con Destino A La Sección Financiera; 3) Tramitar Las Órdenes De Compra Y Servicios Con Cargo Al Porcentaje Que Estipule El Comité De Directores, Para Ser Ejecutado Autónomamente Por Cada Dirección; 4) Realizar Las Compras Que Se Efectúen Por El Sistema De Caja Menor; 5) Dotar De Elementos De Trabajo, Equipo Y Enseres Recibidos Por El Programa Anual De Compras Y Servicios, Por Órdenes De Compra O Caja Menor A Las Unidades Del Nivel Central; 6) Controlar La Dotación Que Se Realice Por El Programa De Compras General O Por Adquisición Directa, En Las Administraciones De Impuestos Nacionales; 7) Estudiar Técnicamente Y Rendir Concepto Al Jefe De La División Sobre Las Cotizaciones Y Licitaciones Que Se Realicen Para Adquisición De Elementos O Servicios Con Cargo Al Presupuesto De La Dirección General; 8) Controlar La Rendición De Inventarios De Las Dependencias De La Dirección General A La Dirección General De Servicios Administrativos Y A La Contraloría General De La República Y Realizar Las Evaluaciones Que Se Necesiten De Los Mismos, Para La Proyección De Las Adquisiciones; E) En Cuanto A Comunicaciones: 1) Prestar Los Servicios De Comunicaciones Y Télex; 2) Tramitar La Correspondencia Del Nivel Central Y Mantener Organizado Su Archivo; 3) Prestar Los Servicios De Recepcionistas En Las Dependencias Del Nivel Central; F) Adelantar Programas De Seguridad Industrial En Las Dependencias Del Nivel Central; G) Coordinar Con La Dirección General De Servicios Administrativos El Mantenimiento Del Equipo, Electricidad Y Telefonía De Las Dependencias Del Nivel Central Que No Preste Directamente; H) Realizar Estudios Para La Fijación De Prioridades Y Conveniencias En La Adquisición Y Adecuación De Locales Para Las Dependencias De La Dirección General, E I) Realizar Estudios Sobre Normalización De Elementos, Maquinaria Y Equipo En Las Dependencias De La Dirección General De Impuestos Nacionales, E Informar Los Resultados A La Dirección General De Servicios Administrativos;

Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Servicios Generales

a)

Elaborar los programas de servicios generales de la Dirección General de Impuestos Nacionales;

b)

Controlar, el cumplimiento de los programas y reglamentos que en materia de prestación de servicios generales y almacenes se establezcan para las Administraciones de Impuestos Nacionales e impartir instrucciones con el objeto de corregir las irregularidades que se presenten;

c)

Elaborar manuales de procedimiento y, en coordinación con la Dirección General de Servicios Administrativos establecer guías de supervisión para el cumplimiento de los programas adoptados;

d)

En cuanto a suministros: 1) Realizar y dar instrucciones sobre la ejecución de estudios para solicitudes de suministros en las Subdirecciones y Administraciones de Impuestos Nacionales; 2) Consolidar las solicitudes de suministros recibidas con destino a la Sección Financiera; 3) Tramitar las órdenes de compra y servicios con cargo al porcentaje que estipule el Comité de Directores, para ser ejecutado autónomamente por cada Dirección; 4) Realizar las compras que se efectúen por el sistema de Caja Menor; 5) Dotar de elementos de trabajo, equipo y enseres recibidos por el programa anual de compras y servicios, por órdenes de compra o Caja Menor a las unidades del Nivel Central; 6) Controlar la dotación que se realice por el programa de compras general o por adquisición directa, en las Administraciones de Impuestos Nacionales; 7) Estudiar técnicamente y rendir concepto al Jefe de la División sobre las cotizaciones y licitaciones que se realicen para adquisición de elementos o servicios con cargo al presupuesto de la Dirección General; 8) Controlar la rendición de inventarios de las dependencias de la Dirección General a la Dirección General de Servicios Administrativos y a la Contraloría General de la República y realizar las evaluaciones que se necesiten de los mismos, para la proyección de las adquisiciones;

e)

En cuanto a comunicaciones: 1) Prestar los servicios de comunicaciones y télex; 2) Tramitar la correspondencia del Nivel Central y mantener organizado su archivo; 3) Prestar los servicios de recepcionistas en las dependencias del Nivel Central;

f)

Adelantar programas de seguridad industrial en las dependencias del Nivel Central;

g)

Coordinar con la Dirección General de Servicios Administrativos el mantenimiento del equipo, electricidad y telefonía de las dependencias del Nivel Central que no preste directamente;

h)

Realizar estudios para la fijación de prioridades y conveniencias en la adquisición y adecuación de locales para las dependencias de la Dirección General, e

i)

Realizar estudios sobre normalización de elementos, maquinaria y equipo en las dependencias de la Dirección General de Impuestos Nacionales, e informar los resultados a la Dirección General de Servicios Administrativos;

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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