Micelio

Artículo 4

Poder Ejecutivo Nacional.-Bogotá,

Ley 30 de 1880 · Que honra la memoria del doctor Manuel María Mallarino i concede una pensión a su viuda e hija

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4.° Un ejemplar auténtico de esta lei se remitirá a la señora Mercedes Cabal de Mallarino.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 30 de 1880