Artículo primero. A partir del primero de julio del año en curso el Instituto de Crédito Territorial procederá a cobrar el interés de las obligaciones de sus deudores, de acuerdo con la siguiente tabla: Para créditos hasta de $ 13.000.00, el 4% anual. Para créditos de $ 13.000 a $ 23.000, el 6% anual. Para créditos de más de $ 23.000.00, el 8% anual.
Como base para los reajustes a que haya lugar, se tomará el valor total de los créditos que hayan sido otorgados.