Estímulos al votante en el exterior. Los colombianos que ejerzan el derecho al sufragio en el exterior tendrán derecho a los incentivos previstos en la legislación vigente.
Los ciudadanos que voten en el exterior, y posteriormente se radiquen en Colombia, accederán a los estímulos contemplados para los ciudadanos que voten en el territorio nacional, en las mismas condiciones en que se encuentran establecidos en la ley. CAPÍTULO XI De la financiación estatal para visitas al exterior por los elegidos en circunscripción internacional