Trámite de los impedimentos . El delegado del Procurador General en la Comisión de Carrera o el director del Instituto de Estudios del Ministerio Público, al advertir una causal que les impida conocer del asunto objeto de decisión, deberán informarlo inmediatamente por escrito al Procurador General, quien decidirá dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, mediante acto administrativo motivado. Si prosperare el impedimento, designará al empleado que los reemplazará. Cuando el impedimento recaiga en otro de los miembros de la Comisión de Carrera, lo manifestarán a los demás miembros, quienes en la misma sesión decidirán si el impedimento es o no fundado. Si lo fuere, lo separarán del conocimiento del asunto.
Decreto 1156 de 1999 →Inexequible
Artículo 139
Decreto 1156 de 1999 · por el cual se modifican la estructura, el régimen de competencias interno y el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.