Micelio

Artículo 78

Ley 109 de 1922 · De Código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para determinar el alcance de las disposiciones de losArtículos precedentes, no se tendrán en cuenta:

a)

Las condenaciones impuestas por contravención, cuando se trate de castigar un delito, recíprocamente.

b)

Las condenaciones impuestas por delitos resultantes de la imprudencia, negligencia, inhabilidad en un oficio o profesión, inobservancia de reglamentos, órdenes o instrucciones, cuando se trate de proceso por otra clase de delitos y recíprocamente.

c)

Las condenaciones impuestas por infracciones puramente militares.

d)

Las condenaciones impuestas por tribunales extranjeros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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