La Junta tomará sus determinaciones por mayoría de votos, y el Interventor tendrá voz y voto en las reuniones de ella.
El Interventor solicitará las pruebas que crea necesarias para establecer la justicia de cada auxilio, y deberá dar cuenta detallada de su comisión al Gobierno, en la cual se expresen los auxilios distribuídos, con datos precisos. A su vez el Gobierno informará al Congreso en sus próximas sesiones.