° . Otorgamiento de préstamos condonables . El Gobierno Nacional podrá otorgar préstamos condonables a las entidades territoriales, con el fin de adelantar el programa de modernización y organización de redes del sector salud, los cuales no computarán dentro de los indicadores de solvencia y sostenibilidad de que trata la Ley 358 de 1997, siempre y cuando la respectiva entidad territorial cumpla con las metas e indicadores anuales que se establezcan en la matriz de condonabilidad, teniendo en cuenta los criterios generales que se establecen en el presente decreto. El programa de modernización y organización de redes de prestación de servicios busca garantizar el acceso e integralidad en la prestación de servicios de salud a la población del área de influencia, en condiciones de calidad y eficiencia en el uso de los recursos públicos para lo cual podrán adelantarse procesos tales como reestructuraciones, fusiones, ajustes, supresiones o liquidaciones de instituciones prestadoras de servicios de salud, pertenecientes a la respectiva red.
Decreto 3690 de 2004 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3690 de 2004 · por el cual se reglamenta el artículo 54 de la Ley 715 de 2001.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.