Cuando una solicitud de visa se presente incompleta, en el acto de recibo se le indicará al peticionario los requisitos que falten. Si este insiste en que se radique, se le recibirá la petición dejando constancia expresa de las observaciones que le fueron formuladas. Se entenderá que el peticionario a desistido de su solicitud si hecho el requerimiento de completar los requisitos, éste no los presenta dentro de los dos (2) meses siguientes, Acto seguido, se archivará el expediente.
Decreto 2371 de 1996 →Vigente
Artículo 20
Decreto 2371 de 1996 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.