Micelio

Artículo 3

Ley 60 de 1967 · Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre transformación, adjudicación y contratación de minerales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Antes de hacerse la adjudicación, de firmarse la escritura pública de concesión o de perfeccionarse el aporte, el arrendamiento o el permiso, el Ministerio de Minas y Petróleos podrá adelantar las investigaciones geológicas, mineras y económicas necesarias para determinar, de acuerdo con los reglamentos en vigencia, las regalías, participaciones y beneficios correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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