Micelio

Artículo 13

Decreto 20 de 1909 · Por medio del cual se reglamenta la conservación de las carreteras y caminos de herradura que tengan carácter racional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 13. Los Alcaldes de los Municipios cuya jurisdicción corresponden los respectivos trayectos son inspectores natos de ellos. Para llenar sus funciones visitarán con la mayor frecuencia posible, por lo menos una vez en cada quincena, el trayecto de camino de su jurisdicción, y harán por escrito al respectivo Ingeniero y al Jefe de Tráfico las indicaciones que a su juicio sean convenientes para el mejor servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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