Artículo segundo. La partida global apropiada en el Presupuesto. Nacional. Vigente, Capitulo 702, articulo 7101, ordinal 12, para la Escuela Orfanato Nacional de Puerto Leguizamón, se distribuye, así CAPITULO 702 Subprograma 3. Educación primaria general Actividad 2. Asistencia y protección escolar Artículo 7101, ordinal 12. Servicios personales. Sueldos personal de nómina en 12 meses Mensual. Anual. a) 1 Director de Establecimiento de Enseñanza Elemental. $ 1.120.00 13.440.00 b) 1 Profesor de segunda categoría 720.00 8.640.00 c) 9 Maestros de tercera categoría, a $ .620.00 mensuales cada uno 5.580.00 66.960.00 d) 8 Maestros de cuarta categoría o sin escalafón, a $ 520 mensuales cada uno 4.160.00 49.920.00 e) 1 Mayordomo 420.00 5.040.00 f ) Servicio doméstico 1.000.00 12.000.00 $13.000.00 156.000.00 g) Para Prima de Navidad $ 11.344.00 h) Alimentación del profesorado y Mayordomo, de enero a noviembre 1.600.00 16.000.00 i) Alimentación del servicio doméstico 200.00 2.000.00 j) Para sostenimiento de 150 becas, a razón de $ 120:00 mensuales cada una, de febrero a noviembre 18.000.00 180.000.00 Gastos generales k) Para materiales y suministros de enero a diciembre 1.500.00 18.000.00 1) Para mantenimiento y aseguros, de enero a diciembre 1.388.00 16.656.00 Total $ 400.000.00
La suma distribuida en el artículo anterior será girada por conducto del Procurador General de los Territorios de Misiones.