º. Créase con carácter transitorio, hasta el agotamiento del ejercicio de las facultades extraordinarias de que trata el artículo 30 de la Ley 344 de 1996, el Comité para la Reforma de Administración Pública Nacional, como organismo de coordinación del Gobierno Nacional en los asuntos relacionados con la organización, funcionamiento y racionalización de la Administración Pública, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 1
Créase Con Carácter Transitorio, Hasta El Agotamiento Del Ejercicio De Las Facultades Extraordinarias De Que Trata El Artículo 30 De La Ley 344 De 1996, El Comité Para La Reforma De Administración Pública Nacional, Como Organismo De Coordinación Del Gobierno Nacional En Los Asuntos Relacionados Con La Organización, Funcionamiento Y Racionalización De La Administración Pública, Adscrito Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público
Decreto 218 de 1997 · por el cual se crea el Comité para la Reforma de la Administración Pública Nacional y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.