Micelio

Artículo 7

Deróganse Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto, El Cual Regirá Desde El 1° De Julio De 1965

Decreto 1727 de 1964 · por el cual se crean algunos cargos en la Rama Jurisdiccional, en la Jurisdicción Contencioso Administrativa y en el Ministerio Público, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Deróganse las disposiciones contrarias al presente Decreto, el cual regirá desde el 1° de julio de 1965.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1727 de 1964