Micelio

Artículo 4

Decreto 1566 de 1959 · Por el cual se establece la organización administrativa correspondiente a las obras de conservación de Bocas de Ceniza

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Al personal de la firma Contratista, que a juicio del Ministerio de Obras Públicas, y a partir del día primero de junio del presente año, deba permanecer dedicado a las labores de entrega de la obra y de sus dependencias, continuará pagándosele los sueldos que devenga actualmente, con los fondos reservados a favor del mismo contrato, y por un término máximo de cuarenta y cinco (45) días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1566 de 1959