Reconócense las siguientes sueldos: A la señorita Ana Berrio G. la suma de ciento ocho pesos, ($ 108) como Administradora de Correos de Toledo (Antioquia), durante los meses de enero a junio de 1935, cuyo pago se imputará al artículo 345, capítulo 54, del Presupuesto vigente, y se hará por conducto de la Administración de Hacienda Nacional. de Medellín.; y A Luis E. Amado la suma de veintiséis pesos ($ 26), por servicios prestados como Conserje del Ministerio del 19 al 20 de noviembre pasado, gasto, que se imputará al artículo 326, capítulo 53, del Presupuesto vigente y se pagará por el Departamento de Control, Pagadurías.
Decreto 3143 de 1936 →Vigente
Artículo 13
Reconócense Las Siguientes Sueldos: A La Señorita Ana Berrio G
Decreto 3143 de 1936 · Por el cual se crean provisionalmente unas plazas de carteros y de Telefonistas, se suprimen unas de Guardas, se reorganiza una sección del Ministerio, se declaran insubsistentes unos nombramientos, se nombran los remplazos, se hace una promoción, se reconocen unos sueldos y se fijan unos gastos de representación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.