Del concepto previo . Una vez estudiada la solicitud, el Ministerio de Salud permitirá, restringirá o negará la experimentación del producto. Copia del concepto y permiso sanitario especial, en caso de ser concedido, se enviarán a la Dirección Seccional de Salud correspondiente, la cual podrá ordenar una visita al sitio de experimentación en cualquier momento del ensayo y comprobar que se cumplan las normas para prevenir riesgos a la salud de las personas o deterioro del ambiente, descritos en la presente disposición y demás normas vigentes al respecto.
Cuando la Dirección Seccional de Salud no disponga de personal técnico al respecto, solicitará al Ministerio de Salud la asesoría correspondiente.
El Instituto Colombiano Agropecuario, el Instituto Nacional de Recursos Naturales Renovables y del Ambiente y demás autoridades competentes ejercerán las acciones de su competencia.