Guarda y custodia de datos. Cada una de las entidades del sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural serán responsables de la guarda y custodia de los datos e información de los titulares de los créditos e instrumentos financieros canalizados a través del Sistema Nacional de Crédito Agropecuario, así como de los titulares de los subsidios, incentivos, apoyos estatales registrados en la plataforma "Mi Registro Rural" y en sus propias plataformas tecnológicas, dando cumplimiento a la normativa de protección de datos personales vigente.
Decreto 1071 de 2015 →Vigente
Artículo 2.21.1.1.10
Guarda Y Custodia De Datos
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.